Martes, 14 de Octubre 2025
Economía | Las sanciones van del 1.1 al cuatro por ciento de los ingresos de los operadores

El IFT pide multas por incumplir con geolocalización

Las sanciones van del 1.1 al cuatro por ciento de los ingresos de los operadores que incumplan con los lineamientos

Por: SUN

Los operadores estarán obligados guardar datos de las líneas de los usuarios del servicio de telefonía móvil por un plazo de 24 meses. EFE / ARCHIVO

Los operadores estarán obligados guardar datos de las líneas de los usuarios del servicio de telefonía móvil por un plazo de 24 meses. EFE / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (12/NOV/2014).- El Instituto Federal de Telecomunicaciones ( IFT) pidió sanciones que van del 1.1 por ciento al cuatro por ciento de los ingresos de los operadores que incumplan con los lineamientos de colaboración con la justicia, además de obligar a las empresas a tener sistemas que les permitan la geolocalización expedita de los equipos que requiera la autoridad.

El IFT inició este miércoles la consulta pública sobre el anteproyecto de los lineamientos que regirán la colaboración entre operadores de telecomunicaciones y las autoridades, los cuales prevén la entrega de información en un plazo no mayor a cuatro horas una vez que se haga la solicitud.

Los operadores van a requerir habilitar áreas especializadas, con personal designado para su operación exclusiva, que funcionen 24 horas los 365 días del año. Estas áreas deberán atender las solicitudes de la geolocalización de los equipos que requieran las autoridades en un lapso no mayor a 4 horas.

El IFT se encargará de revisar la factibilidad técnica de cada concesionario o autorizado para determinar el número de enlaces que puede ofrecer para la localización en tiempo real de un dispositivo.

"Los sistemas de geolocalización en tiempo real de los concesionarios y autorizados deberán presentar una precisión aproximada medida en metros para un determinado número de llamadas de acuerdo al tipo de localidad en donde se requiera esta información", explica el lineamiento noveno del anteproyecto.

La consulta pública se llevará a cabo entre el 12 y 27 de noviembre, tras lo cual el IFT analizará las participaciones y aprobará los lineamientos finales, que según el anteproyecto, entrarán en vigor sesenta días después, por lo que su aplicación se verá al menos hasta el siguiente año.

El regulador pidió en su anteproyecto la aplicación de multas que irán de 1.1 por ciento al cuatro por ciento de los ingresos de las compañías que incumplan con los lineamientos de colaboración con la justicia, lo que incluye la geolocalización de equipos o la entrega de datos de los usuarios.

¿Qué datos retendrán?

Los operadores estarán obligados guardar datos de las líneas de los usuarios del servicio de telefonía móvil por un plazo de 24 meses. En caso de que la solicitud de la autoridad se refiera a comunicaciones realizadas en los últimos 12 meses a partir del requerimiento de la información, los operadores tendrán un plazo de 24 horas para atenderlas; y en caso de sobrepasar este umbral, pueden tardar hasta 48 horas.

En telefonía fija estos son los datos que deberán retener y resguardar las empresas:

a) Nombre y dirección del usuario registrado.
b) Tipo de comunicación.
c) Número de origen y destino.
d) Duración, fecha y hora de comunicación.
En el caso de la telefonía móvil son los mismos datos más esta información:
e) Fecha y hora de la primera activación del servicio.
f) La etiqueta de localización (identificador de celda) desde la que se hay activado el servicio por primera vez.
g) IMEI.
h) IMSI.

En cuanto a los usuarios de prepago, la gran mayoría de los clientes de telefonía móvil en México, se otorgará también el lugar, fecha y hora en que se realizó la compra del dispositivo o tarjeta SIM.

Los lineamientos también exigen un registro de las comunicaciones que se realizan por protocolos de IP, es decir, a través de Internet.

El IFT llevará un registro semestral de los requerimientos de geolocalización y registro de datos cada semestre, solicitando la información en enero y julio de cada año. La información deberá ser publicada en la página del IFT cada año.

En cuanto al reporte de equipos extraviados, los operadores deberán presentar un formato unificado para realizar este proceso ante el regulador. Además se creará un Número de Identificación Personal del Servicio Contratado (NIPSC) el cual se le hará llegar a todos los usuarios de prepago móvil. La presentación de este número deberá ser suficiente para que un usuario acredite la tituladora de los equipos, aunque su uso quedará bajo responsabilidad de cada cliente, por lo que en caso de extravío, podrán solicitar uno nuevo.

Los lineamientos prevén la creación de un comité que realice investigaciones relacionadas a la generación de tecnología que permite inhibir y combatir delitos a través de los servicios de telecomunicaciones.

Número único para cualquier emergencia
El anteproyecto prevé que todas las instituciones de seguridad pública migren a la marcación 066 para atender emergencias, por lo que desaparecerán los actuales números para llamar a la policial local (060), policía judicial estatal y del DF (061), Cruz Roja (065), bomberos (068), y seguridad y emergencia (080).

"Los centros de atención de llamadas de emergencia, mediante los mecanismos correspondientes, deberán contratar el número los números necesarios con algún concesionario local, para que éste realice la traducción y enrutamiento del referido número único de emergencia 066 al número geográfico correspondiente", señaló el lineamiento trigésimo quinto.

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