Domingo, 07 de Diciembre 2025
Economía | Al delegarlo a la Secretaria de Hacienda, de acuerdo a la Corte, viola garantías

Falla SCJN contra impuesto por uso de espacio aéreo

Al delegarlo a la Secretaria de Hacienda, de acuerdo a la Corte, viola garantías

Por: NTX

La SCJN declaró inconstitucional un impuesto que aplicaba la Secretaría de Hacienda. NTX  /

La SCJN declaró inconstitucional un impuesto que aplicaba la Secretaría de Hacienda. NTX /

CIUDAD DE MEXICO, D.F. (26/ENE/2012).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional un impuesto que aplicaba la Secretaría de Hacienda por el uso, goce, aprovechamiento o explotación del espacio aéreo mexicano, el cual podía fijar y modificar.

La Primera Sala de la Corte resolvió que este arancel contemplado para el ejercicio fiscal de 2009 se duplica debido a que ya se encontraba gravado por el legislador en el Artículo 289 fracción I de la Ley Federal de Derechos vigente en el 2005.

Así lo determinaron los ministros al resolver un amparo de una aerolínea a la cual se le notificó que a partir de 2009 debía pagar este impuesto con base en el Artículo 10 de la Ley de Ingresos de la Federación para el citado ejercicio fiscal.

Al declarar inconstitucional esta norma, la Sala de la Corte argumentó que en esta ley no es el Legislativo el que estableció un ordenamiento formal y material para la contribución a pagar, sino que delegó este aspecto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público lo que de acuerdo a la Corte, viola garantías.

Agregó que de acuerdo a la naturaleza jurídica de este artículo, los supuestos no encuadran dentro del concepto de aprovechamientos que prevé el Código Fiscal de la Federación, que identifica a los ingresos del Estado por funciones de derecho público de las contribuciones, de los ingresos derivados de financiamientos y de los que obtengan de los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal.

Asimismo estimó que el Artículo declarado inválido preveía que se obtendrían ingresos no por la categoría jurídica de aprovechamientos, sino de derechos, puesto que imponían la contribución por el uso, goce, aprovechamiento y explotación del espacio aéreo mexicano, lo que ya estaba gravado en una ley anterior.

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