Martes, 14 de Octubre 2025
Jalisco | Especialistas explican el fenómeno como una consecuencia de la falta de dinero

Bache económico propicia abandono familiar

Especialistas explican el fenómeno como una consecuencia de la falta de dinero; el número de denuncias se ha duplicado desde 2008

Por: EL INFORMADOR

Durante 2013 y hasta marzo pasado, la FGE ha registrado 982 denuncias por abandono de familiares. ARCHIVO /

Durante 2013 y hasta marzo pasado, la FGE ha registrado 982 denuncias por abandono de familiares. ARCHIVO /

GUADALAJARA, JALISCO (28/MAY/2014).- El número de personas que quieren evadir su obligación de proveer alimentos a sus familiares —hijos, cónyuges o padres— ha crecido en los últimos años y los expertos señalan a dos fenómenos como principales causas: la situación económica y un cambio en la percepción de las responsabilidades.

Durante 2012 y 2013, la Fiscalía General del Estado recibió, en promedio, una denuncia por el delito de abandono de familiares cada 37 horas en los cuatro municipios de la metrópoli —Guadalajara, Zapopan, San Pedro Tlaquepaque y Tonalá— (250 y 218, respectivamente, en esos años), prácticamente el doble de las 127 que se presentaron en 2008, año en el que comenzó la más reciente crisis económica.

Desde ese año a marzo pasado, se han registrado 982 denuncias por este delito que, según el Código Penal del Estado, puede castigarse hasta con cuatro años de prisión y multa de hasta 40 días, suspensión o pérdida de la tutela o custodia, y pago como reparación del daño de las cantidades no suministradas oportunamente.

Pero éstos son sólo los casos que llegan a las instancias penales, pues en el ámbito del derecho familiar, actualmente la Procuraduría Social del Estado de Jalisco tiene una media constante de 400 juicios de reclamo de alimentación en los juzgados.

Y de entre las 200 y 300 personas que el Instituto Jalisciense de la Mujer atiende todos los días, la mayoría tiene que ver con asuntos jurídicos relacionados con alimentación, señaló su titular, Mariana Fernández.

“A razón de la situación económica que prevalece en este momento, no sólo en nuestro Estado sino en el país, esta circunstancia ha ido en aumento”, señaló Rosario Castellanos Contreras, directora del área familiar de la Procuraduría Social.

Para el Código Civil, este apartado comprende recibir los elementos de subsistencia material y educativa como la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de enfermedad. Y, en el caso de los niños, los gastos para la educación y para proporcionarles algún oficio, arte o profesión, además de atención a necesidades síquicas, afectivas, de esparcimiento y gastos funerales.

“La obligación de proporcionar alimentos es moral más que legal, no debería existir una ley que nos obligara a estar al pendiente en el sustento y todo lo que corresponde a alimentos, como es comida, habitación, gastos médicos, sanos esparcimiento, ropa”, consideró Guillermo Ogarrio, abogado especialista en materia familiar y profesor de la División de Estudios Jurídicos de la Universidad de Guadalajara (UdeG).

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