Sábado, 11 de Octubre 2025
Jalisco | El Ayuntamiento tapatío tendría que garantizar ambientes y rutas adecuados

La CEDHJ insta a Guadalajara a generar espacios accesibles

La Ley para la Atención y Desarrollo Integral de Personas con Discapacidad requiere ser difundida, dijo el presidente de la Comisión

Por: EL INFORMADOR

Aspecto del acto de inauguración de la oficina que servirá como enlace entre el Ayuntamiento tapatío y la CEDHJ. ESPECIAL  /

Aspecto del acto de inauguración de la oficina que servirá como enlace entre el Ayuntamiento tapatío y la CEDHJ. ESPECIAL /

GUADALAJARA, JALISCO (10/NOV/2010).- La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco ( CEDHJ) presentó una propuesta de conciliación al Ayuntamiento de Guadalajara, con motivo de una queja interpuesta por la asociación Red Ciudadana, y que busca que la autoridad municipal cree y garantice ambientes y rutas accesibles para las personas con discapacidad.

Durante la inauguración de la oficina que servirá como enlace entre el Ayuntamiento tapatío y la CEDHJ (ubicada en el primer piso del Palacio Municipal), el presidente de la Comisión, Felipe de Jesús Álvarez Cibrián, expuso el contenido del planteamiento de conciliación, mismo que fue aceptado por el secretario general, Roberto López Lara.

“Pensar que nuestra sociedad actúe con mayor equidad, igualdad, mayores libertades, pensar que esa discriminación y esa exclusión en todos los ámbitos que aún sufren las personas con discapacidad, todo eso se puede eliminar y es compromiso de toda la función pública”, dijo.

A continuación el contenido de la propuesta de conciliación aceptada por el Ayuntamiento:

PRIMERA.-
Al proyectar y ejecutar alguna obra pública, garantice el libre desplazamiento, seguridad y el acceso a las personas con discapacidad y de talla baja; en los términos de las legislaciones vigentes.

Propiciar que las áreas de atención al público cuenten con ventanillas o espacios preferentes para que los usuarios con discapacidad y gente con talla baja puedan acceder a dichos servicios o realizar sus trámites.

SEGUNDA.-
Vigilar que en la infraestructura y el equipamiento urbano de espacios e instalaciones de uso público, se garantice el libre acceso y la seguridad de las personas con discapacidad y de talla baja;

TERCERA- Gestionar de forma inmediata ante las empresas correspondientes el establecimiento de teléfonos públicos, con una altura máxima de 1.22 cm, accesibles a las personas de talla baja y con discapacidad que tengan que desplazarse en silla de ruedas;

CUARTA.-
Proponer la modificación de los Programas de Desarrollo Urbano, Reglamento de Construcciones y Normas Técnicas aplicables, para dar cumplimiento a lo señalado en el párrafo la fracción anterior;

QUINTA.- Realizar ante la Secretaría de Vialidad y Transporte las gestiones correspondientes para la colocación de los letreros, gráficos visuales, señalamientos táctiles y demás señalamientos que deban ser colocados con el símbolo internacional de acceso para personas con discapacidad, señalización conductiva y señalamientos en que se prohíba la obstrucción de rampas, así como el incremento de semáforos auditivos para personas con discapacidad visual.

SEXTA.-
Promover en el ámbito de su competencia, que las propuestas de diseño, operación y distribución de mobiliario urbano, consideren las necesidades específicas de las personas con discapacidad y de talla baja, las cuales deberán cumplir con las estipulaciones del presente capítulo.

SÉPTIMA.-
Vigilar que en los casos en que se deban instalar alarmas sonoras en edificios públicos propiedad del Gobierno Municipal, se procure la instalación de alarmas estroboscópicas, capaces de cubrir con su señal luminosa los espacios públicos y alertar a cualquier persona con discapacidad auditiva.

OCTAVA.-
Garantizar que en los espectáculos públicos que autorice el Ayuntamiento, se digan las siguientes disposiciones:

I.- Establecer en el lugar donde se celebre el espectáculo las facilidades necesarias para el acceso, el adecuado desplazamiento y la salida de las personas con discapacidad y de talla baja;

II.- Contar con espacios preferenciales para aquellas personas que no pueden ocupar las butacas o asientos ordinarios, los cuales estarán ubicados en áreas que cuenten con la visibilidad cómoda y adecuada;

III.-
Contar con cajones de estacionamiento reservados;

IV.- Destinar espacios preferenciales adecuados para personas con discapacidad auditiva y visual, los cuales estarán ubicados en lugares estratégicos que permitan disfrutar el evento de acuerdo con la discapacidad de que se trate, debiendo permitir la presencia de un acompañante sin discapacidad y, en su caso, la correspondiente a los perros guías. Además, tomarán las medidas para proveer a dichos usuarios de los medios para una comunicación adecuada, como intérpretes de lenguaje de señas, materiales escritos en Sistema Braille, entre otros;

V.- Destinar en los auditorios, teatros, cines, salas de conciertos y teatros al aire libre, espacios para uso exclusivo de las personas con discapacidad que usen sillas de ruedas. Dichos espacios tendrán 1.25 mts. de fondo y 1.00 mt. de frente, como medidas mínimas y, contarán con una butaca movible al lado para quienes asisten en compañía de otra persona sin silla de ruedas, los cuales estarán cerca de los pasillos de acceso, y

VI.- Poner a disposición de las personas con discapacidad, localidades a precios preferenciales de conformidad con las disposiciones aplicables.

NOVENA-
Crear un programa con el objeto de promover que los inmuebles privados con acceso al público realicen adecuaciones arquitectónicas y señalización para las personas con discapacidad y de talla baja.

DÉCIMA- Para garantizar el uso adecuado de accesos, rampas, espacios de estacionamiento y vehículos en los que viajan personas con discapacidad, el Ayuntamiento en coordinación con la Secretaría de Vialidad y Transporte y con la Secretaría de Seguridad Pública implementará campañas de concientización destinadas a la población en general, en las que se muestren los problemas que afrontan las personas con discapacidad cuando se invaden las zonas exclusivas y no se hace buen uso de ellas, y establecerá vigilancia estrecha para sancionar conforme a la normatividad aplicable, la invasión de dichas zonas con vehículos o instalaciones semifijas.

DÉCIMA PRIMERA.-
Deberán promoverse mecanismos para sancionar el incumplimiento de las disposiciones contenidas en las presentes propuestas.

EL INFORMADOR / LUIS HERRERA

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