Jueves, 09 de Octubre 2025
Jalisco | Pide declarar inconstitucional el artículo ya que excluye a las parejas del mismo sexo

La CNDH impugna artículo sobre matrimonio en Jalisco

La comisión pide declarar inconstitucional el artículo 260 del Código Civil del Estado porque excluye a las parejas del mismo sexo

Por: SUN

Aseguran que dicho artículo ataca directamente al derecho a la dignidad humana en su vertiente de libre desarrollo de la personalidad. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Aseguran que dicho artículo ataca directamente al derecho a la dignidad humana en su vertiente de libre desarrollo de la personalidad. EL INFORMADOR / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (18/MAY/2015).- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) difundió en su portal de internet la demanda de acción de inconstitucionalidad 28/2015, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el 4 de mayo del 2015, en la que impugnó el artículo 260 del Código Civil del Estado de Jalisco, por considerar que viola la Constitución y diversos tratados internacionales al establecer que los matrimonios deben ser entre un hombre y una mujer.

En dicho artículo se establece que: "Para contraer matrimonio, el hombre y la mujer necesitan contar por lo menos con 18 años de edad de conformidad a los dispuesto por el artículo 45 de la Ley General de las Niñas, Niños y Adolescentes."

Pero la CNDH sólo impugnó la frase que dice "el hombre y la mujer", por considerar que "dicha reforma contempla restricciones al ejercicio de derechos humanos, las cuales en esencia consisten en excluir de la celebración de esta figura a parejas del mismo sexo".

En el documento de 38 hojas, la Comisión pide declarar inconstitucional dicho apartado porque "considera a la institución del matrimonio, como la restrictiva unión de un hombre y una mujer, excluyendo a las parejas del mismo sexo y ataca directamente el derecho a la dignidad humana en su vertiente de libre desarrollo de la personalidad, así como los principios de igualdad y no discriminación, además de la protección a la organización y desarrollo de la familia, todos previstos en los artículos 1º y 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".

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