Jalisco | Las recientes reformas fueron aprobadas por el Congreso Local hace un par de semanas Pese a críticas, publica gobernador Ley de Información Las recientes reformas fueron aprobadas por el Congreso Local hace un par de semanas Por: EL INFORMADOR 22 de diciembre de 2011 - 19:44 hs El pasado 8 de diciembre, el Congreso aprobó en ''fast track'' Ley de Información. / GUADALAJARA,JALISCO (22/DIC/2011).- De poco sirvieron las voces de organismos empresariales y de organismos civiles que se inconformaron con las recientes reformas que el Congreso local aprobó hace un par de semanas, en las que "al vapor" cocinaron una nueva Ley que académicos y los propios representantes del Instituto de Transparencia calificaron como un retroceso. Este jueves, el gobernador Emilio González Márquez publicó en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco La Ley de Información del Estado de Jalisco y sus municipios, y con ello abroga la Ley de Transparencia que desde el 2005, con algunas modificaciones, existía en la Entidad. Hace apenas una semana, el presidente del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado (Itei), anunció que llevaría a cabo foros de consulta para abordar el tema, al tiempo que exhortó al gobernador a no publicar dicha norma que ha sido calificada como un retroceso en materia de acceso a la información. Si bien abre el catálogo de sujetos obligados y enumera mayor número de datos considerados como información fundamental, esta nueva norma permitirá sancionar y hasta encarcelar a personas físicas -cualquier ciudadano- que publiquen información considerada como fundamental. Esta norma incluye una nueva figura denominada "Recurso de Transparencia", que permite que cualquier ciudadano pueda exponer ante el Itei que algún sujeto obligado no está cumpliendo con publicar la información considerada como fundamental, pero deberá dar sus datos personales para que esa queja prospere. En recientes declaraciones, el presidente del Itei, Jorge Gutiérrez Reynaga, declaró que esta norma implicará mayor gasto económico y mayor disposición de personal, entre otros temas, para revisar la reserva de información que hagan los sujetos obligados. Además, el Itei está obligado, según la recién aprobada Ley de Información, a crear nuevos lineamientos de acuerdo a lo que establece el artículo tercero transitorio de esta Ley de Información. También deberá crear formatos guía para solicitar información, para denunciar falta de datos considerados como fundamentales y formatos para proteger -reservar- información. De acuerdo con el artículo quinto transitorio de la Ley publicada este jueves, los asuntos en materia de transparencia, iniciados antes de la publicación y entrada en vigor de la norma, se regirán por la recién abrogada Ley de Transparencia hasta su conclusión. Para saberArtículo 106. Infracciones - Personas físicas 1. Son infracciones administrativas de las personas físicas que tenga en su poder o manejen información pública: I. Sustraer, ocultar o inutilizar información pública, sin la autorización correspondiente; II. Difundir o publicar información pública clasificada como reservada; III. Difundir o publicar información pública clasificada como confidencial, sin la autorización correspondiente; IV. Entregar a un tercero o permitirle el acceso a información pública clasificada como reservada, o confidencial sin la autorización correspondiente; V. Destruir o eliminar información pública, sin la autorización correspondiente; VI. Modificar información pública, de manera dolosa y sin la autorización correspondiente; VII. Negar o entregar de forma incompleta o fuera de tiempo información pública, a la Unidad del sujeto obligado a que pertenece; VIII. Incumplir las resoluciones del Instituto que les corresponda atender; y IX. Las demás que establezca el reglamento. Artículo 107. Infracciones - Sanciones 1. Se sancionará con amonestación pública y multa de diez a cien días de salario mínimo general vigente en la zona metropolitana de Guadalajara a quien cometa las infracciones señaladas en: I. El artículo 103.1, fracciones V, VIII y XIV; II. El artículo 104.1, fracciones II, V y VIII; III. El artículo 105.1, fracciones I, VI y XIII; y IV. El artículo 106.1, fracciones VII y IX. 2. Se sancionará con amonestación pública y multa de cincuenta a quinientos días de salario mínimo general vigente en la zona metropolitana de Guadalajara a quien cometa las infracciones señaladas en: I. El artículo 103.1, fracciones II, III, IV y X; II. El artículo 104.1, fracciones IV y VI; y III. El artículo 105.1, fracciones II, III, IV, V, VII, VIII, IX, X y XI. 3. Se sancionará con amonestación pública, multa de cien a mil días de salario mínimo general vigente en la zona metropolitana de Guadalajara y suspensión en el cargo público que ocupa de quince a sesenta días cuando se trate de servidores públicos, a quien cometa las infracciones señaladas en: I. El artículo 103.1, fracciones I, VI, VII, IX, XI, XII y XIII; II. El artículo 104.1, fracciones I, III y VII; III. El artículo 105.1, fracción XII; y IV. El artículo 106.1, fracciones I, II, III, IV, V, VI y VIII. Artículo 108. Sanciones - Impugnación 1. Las sanciones administrativas que establece este Capítulo, serán combatibles mediante el juicio de nulidad seguido ante el Tribunal de lo Administrativo del Estado. Artículo 109. Multas - Naturaleza 1. Las multas impuestas como sanciones administrativas de acuerdo con esta ley, constituyen créditos fiscales a favor del Estado y su ejecución se rige por las disposiciones jurídicas aplicables. Capítulo IIResponsabilidad penalArtículo 110. Delitos 1. Los delitos en materia de información pública son los establecidos en el Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco. EL INFORMADOR / ZAIRA RAMÍREZ Temas Gobierno del Estado Emilio González Itei Transparencia y Acceso a la Información Lee También "La Mañanera" de Sheinbaum de hoy jueves 9 de octubre de 2025 Los verdaderos enemigos de Sheinbaum “Cada quien que responda por sus…” Reconocen a Margarita Aranguren de Alfaro por una vida dedicada al servicio de los demás Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones