Miércoles, 15 de Octubre 2025
México | La dependencia negó cierta información que el IFAI considera impertinente

La PGR debe informar sobre testigos colaboradores

A petición de un particular, la dependencia negó cierta información, que el IFAI considera no pone en riesgo las investigaciones

Por: SUN

María Elena Pérez-Jaén resuelve que la información solicitada a la fiscalía es de carácter estadístico y presupuestal. EL UNIVERSAL  /

María Elena Pérez-Jaén resuelve que la información solicitada a la fiscalía es de carácter estadístico y presupuestal. EL UNIVERSAL /

CIUDAD DE MÉXICO (25/ABR/2011).- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) resolvió que la Procuraduría General de la República (PGR), deberá entregar información sobre el número de testigos colaboradores, el número de casos en los que se les involucra, los recursos erogados para su manutención y el monto global del presupuesto asignado, del 6 de enero de 2010 al 6 de enero de 2011.

El IFAI detalló que la PGR también deberá dar a conocer el presupuesto erogado para los testigos protegidos (figura distinta a la de testigos colaboradores), luego que una particular solicitó conocer dichos datos, entre otras peticiones.

Por conducto de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), la PGR había reservado la información por un periodo de 12 años, argumentando que se trataba de datos sensibles que guardan y tienen relación directa con hechos que se investigan, por lo que proporcionar información acerca de un testigo colaborador, pondría en riesgo la investigación, el curso de la averiguación previa, la integridad física del informador y la de su familia.

El IFAI indicó que inconforme con la respuesta, la recurrente interpuso recurso de revisión ante el Instituto, mediante el cual señaló que únicamente solicitó números totales y no la identidad de los testigos colaboradores, ni las averiguaciones previas de los casos en los que participan, ni su declaración o señalamientos que han proporcionado a la Procuraduría.

En el análisis del caso, la comisionada ponente María Elena Pérez-Jaén indicó que la información solicitada es de carácter estadístico y presupuestal, por lo que ésta no puede ser utilizada en menoscabo de las actividades emprendidas en contra de la delincuencia organizada, ni provocar la disminución de la eficacia de las acciones y las estrategias establecidas para su combate.

Asimismo, señaló que la información solicitada no constituye información cuya difusión podría causar un serio perjuicio a las actividades para perseguir los delitos, pues de ninguna manera impide u obstruye las atribuciones que ejerce el Ministerio Público de la Federación durante la averiguación previa.

La Procuraduría General de la República indica que no existe un tiempo límite de duración del acuerdo establecido con los declarantes protegidos

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones