México | El TEPJF determinó que el dirigente del PAN no violó las leyes electorales Tribunal Electoral exime a Anaya por 'spots' El TEPJF determinó que el dirigente del PAN no violó las leyes electorales Por: SUN 10 de diciembre de 2015 - 16:14 hs Los magistrados establecieron que Ricardo Anaya no incurrió en sobreexposición indebida o actos anticipados de campaña. SUN / ARCHIVO CIUDAD DE MÉXICO (10/DIC/2015).- La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el dirigente del Partido Acción Nacional (PAN), Ricardo Anaya Cortés, no violó las leyes electorales, ni incurrió en sobreexposición indebida o actos anticipados de campaña por aparecer en los spots de su partido. Por unanimidad, los magistrados establecieron que en los promos denunciados por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) no se advirtió que Anaya Cortés haya incurrido en promoción personalizada, pues es funcionario partidista, no un servidor público. “Es un hecho notorio” que no se encuentra desempeñando cargo público, se identifica como presidente del CEN del PAN y el mensaje denunciado está encaminado a difundir la postura ideológica de ese partido, entre ella el combate a la corrupción que incluye el PAN en su Programa de Acción Política, resolvió la Sala, según el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña. “No existe prohibición legal expresamente establecida” para que los dirigentes aparezcan en los spots pautados en tiempos del Estado en radio y televisión, abundó el magistrado presidente de la Sala, Clicerio Coello Garcés. Recordó que con este caso ya son 5 los asuntos resueltos sobre el tema, pues ha habido quejas por aparición del líder del PAN Anaya, por los spots de Andrés Manuel López Obrador de Morena y por la aparición de Carlos Puente del PVEM, por lo que el criterio está firme: los líderes políticos pueden aparecer en los spots de su partido. La magistrada Gabriela Villafuerte Coello explicó que dado que los líderes partidistas no son funcionarios públicos no trasgreden la prohibición que establece el 134 Constitución a la promoción personalizada de los servidores públicos. Tampoco hubo en este caso actos anticipados de una campaña que tendrá lugar hasta 2018 “decir que son actores que están haciendo campaña para la presidencia de la República es simplemente inviable”, estimó. Legal, uso de redes sociales de Leoncio Morán En la sesión los magistrados también resolvieron que el candidato de Movimiento Ciudadano al gobierno de Colima, Leoncio Morán, no incurrió en actos anticipados de campaña por los mensajes publicados en su red social Facebook. Ahí el hoy candidato al gobierno escribió “Locho Morán es un hombre que surge producto de un trabajo acreditado en el servicio público”, y “Locho Morán porque sabe, porque puede y porque quiere, Colima merece ese buen gobierno y ese buen gobierno lo representa Locho Morán”, razón por la que la Comisión de Quejas emplazó al retiro de los mensajes. Los magistrados resolvieron que el político hizo uso de su ámbito de libertad en Facebook y YouTube, por lo que no fue sancionado por lo publicado ahí, ni por no retirarlo, en supuesto desacato de medidas cautelares. Temas PAN Política TEPJF Ricardo Anaya Lee También Hernán cuida a Adán y ataca a Audomaro Cohen y el asesino del casco azul Estados Unidos anuncia nueva multa por cruzar ilegalmente sus fronteras Guadalajara inicia foros para actualizar Planes Parciales Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones