Domingo, 19 de Octubre 2025
México | Siempre y cuando no haya civiles involucrados

Tribunales militares deben juzgar a soldados por delitos contra la salud

Resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el caso Alberto Martínez Campos

Por: NTX

CIUDAD DE MÉXICO (21/OCT/2014).- En votación dividida, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los elementos castrenses que cometan delitos contra la salud, sin que haya civiles involucrados, pueden ser juzgados por tribunales militares y no por la justicia federal.

Esto al confirmar las sentencias de primera instancia que declararon penalmente responsable de este ilícito al soldado Luis Alberto Martínez Campos, así como del Tribunal colegiado de circuito que rechazó ampararlo contra el fallo dictado el 21 de septiembre de 2007 por el Supremo Tribunal Militar por delitos contra la salud.

Al hablar en favor de la ponencia, avalada por seis votos a favor y cuatro en contra, la ministra Margarita Luna Ramos detalló que un grupo de castrenses, en el que estaba Martínez Campos, que cuidaban un retén en la Frontera Norte permitieron “el paso de droga” y por eso “son consignados a un juez militar”.

Martínez Campos “aduce que debiera haber sido juzgado por un tribunal civil en función de que si bien es cierto que no hubo un civil involucrado en la coparticipación del delito, al tratarse de un ilícito en contra de la salud, pudiera decirse que quien está involucrada es la sociedad mexicana”.

Sin embargo, sostuvo que “no existe involucrado ningún paisano como la Constitución lo determina, y que por tanto, está correctamente aplicado el Artículo 57, fracción II”, que señala que “si no está involucrado un civil, quien debe es competente para juzgarlo es el Tribunal Militar”.

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones