Deportes
Dura sanción para Estudiantes
El equipo estudiantil se lleva una multa de 500 días de salario mínimo y amonestación de veto
MÉXICO, D.F.- La Comisión Disciplinaria de la Federación Mexicana de Fútbol da a conocer el resultado de las investigaciones que se abrieron por los acontecimientos que se suscitaron al término de los partidos correspondientes a la jornada 7 del Torneo de Apertura 2009:
Estudiantes Tecos vs. Santos, del pasado viernes 4 de septiembre en el Estadio Tres de Marzo
Puebla vs. Guadalajara, del pasado domingo 6 de septiembre en el Estadio Cuauhtémoc
En cuanto al Partido Estudiantes Tecos vs. Santos, las sanciones son:
Se aplica una sanción de 500 días de salario mínimo al Club Estudiantes Tecos de acuerdo a lo que establece el Artículo 64 inciso G del Reglamento de Sanciones, que a la letra indica:
“Al Club local que sea reportado por el ingreso al terreno de juego o cancha de personas acreditadas sin función alguna y no acreditadas antes, durante y al finalizar el partido (se toma como finalizado el partido cuando el Cuerpo Arbitral haya abandonado el terreno de juego), se le impondrá una aportación extraordinaria de 500 días salario mínimo la primera vez, mil días de salario mínimo la segunda vez y tres mil días salario mínimo por tercera vez”.
Así mismo, se dio al Club Estudiantes Tecos el primer aviso para veto de plaza, de acuerdo a lo que establece el Artículo 61 inciso h, del Reglamento de Sanciones que indica:
“Los Clubes que actúen como locales serán los responsables directos de incidentes que ocurran en tribunas, pasillos, túneles y vestidores ocasionados por parte del público en general y los Oficiales. El Club que no cumpla con la seguridad necesaria para evitar estos incidentes, se hará acreedor a una primera amonestación para veto de estadio más una aportación extraordinaria equivalente a 1,500 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal”.
En el caso del Sr. Jorge A. Jiménez Magaña, quien fue identificado por el Club Estudiantes Tecos como la persona que ingresó al terreno de juego y golpeó al Árbitro Asistente se le notifica al Club que el Sr. Jorge A. Jiménez Magaña está inhabilitado por dos años para ingresar al terreno de juego, cancha, pasillos, túneles y vestidores.
Por último, la Comisión Disciplinaria ratifica la sanción de tres partidos impuesta al jugador del Club Estudiantes Tecos, Marcelo Alatorre, al no proceder la inconformidad presentada por su Club.
En el caso del Partido Puebla vs. Guadalajara, las sanciones son:
La Comisión Disciplinaria informa que, en relación al comportamiento del Sr. Ricardo Henaine Mezher, accionista del Club Puebla, tras los hechos suscitados al final del partido de la Jornada 7 entre los Clubes Puebla vs Guadalajara y por ser considerado como uno de los Dueño del citado Club, en términos del artículo 9 del Reglamento Interno de la Primera División Profesional. Con fundamento en el artículo 34.1 del Reglamento antes citado, la Comisión Disciplinaria ha turnado a la Asamblea Ordinaria de la referida División el expediente correspondiente, para que sea ésta última, constituida en Comisión de Honor y Justicia, quien aplique, en su caso, las sanciones que considere pertinentes al Sr. Ricardo Henaine Mezher.
Por último, el Jugador Felipe de Jesús Ayala del Club Puebla fue sancionado con un partido de sanción, por haber regresado al terreno de juego tras haber sido expulsado durante el citado encuentro. La sanción es adicional a la impuesta por su expulsión.
Estudiantes Tecos vs. Santos, del pasado viernes 4 de septiembre en el Estadio Tres de Marzo
Puebla vs. Guadalajara, del pasado domingo 6 de septiembre en el Estadio Cuauhtémoc
En cuanto al Partido Estudiantes Tecos vs. Santos, las sanciones son:
Se aplica una sanción de 500 días de salario mínimo al Club Estudiantes Tecos de acuerdo a lo que establece el Artículo 64 inciso G del Reglamento de Sanciones, que a la letra indica:
“Al Club local que sea reportado por el ingreso al terreno de juego o cancha de personas acreditadas sin función alguna y no acreditadas antes, durante y al finalizar el partido (se toma como finalizado el partido cuando el Cuerpo Arbitral haya abandonado el terreno de juego), se le impondrá una aportación extraordinaria de 500 días salario mínimo la primera vez, mil días de salario mínimo la segunda vez y tres mil días salario mínimo por tercera vez”.
Así mismo, se dio al Club Estudiantes Tecos el primer aviso para veto de plaza, de acuerdo a lo que establece el Artículo 61 inciso h, del Reglamento de Sanciones que indica:
“Los Clubes que actúen como locales serán los responsables directos de incidentes que ocurran en tribunas, pasillos, túneles y vestidores ocasionados por parte del público en general y los Oficiales. El Club que no cumpla con la seguridad necesaria para evitar estos incidentes, se hará acreedor a una primera amonestación para veto de estadio más una aportación extraordinaria equivalente a 1,500 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal”.
En el caso del Sr. Jorge A. Jiménez Magaña, quien fue identificado por el Club Estudiantes Tecos como la persona que ingresó al terreno de juego y golpeó al Árbitro Asistente se le notifica al Club que el Sr. Jorge A. Jiménez Magaña está inhabilitado por dos años para ingresar al terreno de juego, cancha, pasillos, túneles y vestidores.
Por último, la Comisión Disciplinaria ratifica la sanción de tres partidos impuesta al jugador del Club Estudiantes Tecos, Marcelo Alatorre, al no proceder la inconformidad presentada por su Club.
En el caso del Partido Puebla vs. Guadalajara, las sanciones son:
La Comisión Disciplinaria informa que, en relación al comportamiento del Sr. Ricardo Henaine Mezher, accionista del Club Puebla, tras los hechos suscitados al final del partido de la Jornada 7 entre los Clubes Puebla vs Guadalajara y por ser considerado como uno de los Dueño del citado Club, en términos del artículo 9 del Reglamento Interno de la Primera División Profesional. Con fundamento en el artículo 34.1 del Reglamento antes citado, la Comisión Disciplinaria ha turnado a la Asamblea Ordinaria de la referida División el expediente correspondiente, para que sea ésta última, constituida en Comisión de Honor y Justicia, quien aplique, en su caso, las sanciones que considere pertinentes al Sr. Ricardo Henaine Mezher.
Por último, el Jugador Felipe de Jesús Ayala del Club Puebla fue sancionado con un partido de sanción, por haber regresado al terreno de juego tras haber sido expulsado durante el citado encuentro. La sanción es adicional a la impuesta por su expulsión.