Economía
Publican NOM para contenedores no metálicos de gas LP
A partir de este sábado se permitirá el uso de recipientes de materiales no metálicos, siempre y cuando se acredite ante la Sener que cumplen las especificaciones de seguridad correspondientes
MÉXICO.- Este sábado entrará en vigor la nueva Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-011/2-SESH-2008, la cual establece las especificaciones y métodos de aprueba aplicables a los recipientes no metálicos para contener gas Licuado de Petróleo (LP).
La norma publicada hoy por la Secretaría de Energía (Sener) en el Diario Oficial de la Federación aplica a los contenedores de material compuesto, totalmente recubiertos, que se comercialicen en el territorio nacional.
El Reglamento de Gas Licuado de Petróleo, publicado el 5 de diciembre de 2007, permite el uso de recipientes de materiales no metálicos, siempre y cuando se acredite ante la Sener que cumplen las especificaciones de seguridad correspondientes.
La evaluación de la conformidad de la NOM será realizada por la Dirección General de Gas LP de la Sener y, en su caso, por organismos de certificación acreditados y aprobados conforme a lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento.
La norma publicada hoy por la Secretaría de Energía (Sener) en el Diario Oficial de la Federación aplica a los contenedores de material compuesto, totalmente recubiertos, que se comercialicen en el territorio nacional.
El Reglamento de Gas Licuado de Petróleo, publicado el 5 de diciembre de 2007, permite el uso de recipientes de materiales no metálicos, siempre y cuando se acredite ante la Sener que cumplen las especificaciones de seguridad correspondientes.
La evaluación de la conformidad de la NOM será realizada por la Dirección General de Gas LP de la Sener y, en su caso, por organismos de certificación acreditados y aprobados conforme a lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento.