Jalisco
Congreso Local deberá nombrar magistrados electorales suplentes
Acatan resolución del Tribunal Electoral de la Federación
GUADALAJARA, JALISCO (05/SEP/2012).- Las comisiones legislativas de Justicia y Asuntos Electorales sesionaron con la finalidad de acatar la resolución del Tribunal Electoral de la Federación que determinó que los legisladores locales deben nombrar a los suplentes de los recién ratificados magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Jalisco.
La presidenta de la Comisión de Asuntos Electorales, Ana Bertha Guzmán Alatorre explicó que existía una iniciativa para eliminar la figura de magistrados suplentes en el Tribunal Electoral, propuesta que quedó pendiente por dictaminar, por lo que estimó que la resolución de los magistrados federales es correcta pues es un tema que no se previó en el Congreso local.
La legisladora explicó que las propuestas de los aspirantes serán recibidas en el Congreso del Estado el 11 y 12 de septiembre de 2012, en la Oficialía de Partes de nueve de la mañana a siete de la tarde.
Una vez recibidas las propuestas de quienes aspiran al cargo de magistrados suplentes, los integrantes de las comisiones de Justicia y Asuntos Electorales deberán sesionar a más tardar el 17 de septiembre de este año para elaborar el dictamen que contenga la lista de los aspirantes, señalando los que son elegibles y los que no son elegibles en los términos de la Ley y de esta convocatoria, y enviarán la información a las fracciones o grupos parlamentarios.
Del listado de candidatos que reúnan los requisitos de elegibilidad, el pleno del Congreso deberá elegir a más tardar el 20 de septiembre de 2012, los suplentes para cada uno de los cinco Magistrados Propietarios del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco.
Para saber
Para participar como candidato a Magistrado Suplente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Jalisco, se deberá reunir los siguientes requisitos:
I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
II. Ser originario del Estado o avecindado legalmente en él, cuando menos cinco años inmediatamente anteriores al día de su nombramiento.
III. Tener cuando menos 35 treinta y cinco años cumplidos el día de su designación
IV. Poseer el día de la elección, con una antigüedad mínima de 10 años, título profesional de licenciado en derecho, abogado o su equivalente.
V. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito electoral o cualquier otro delito doloso.
VI. No haber sido ministro de algún culto religioso en los últimos cinco años anteriores a su nombramiento.
VII. No haber desempeñado algún cargo público de elección popular, ni haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político, dentro de los cinco años inmediatos a su nombramiento.
VIII. No haber sido titular de alguna de las secretarías de despacho del Ejecutivo, Jefe de departamento administrativo, Procurador General de Justicia, integrante del Consejo General del Poder Judicial, Diputado local, Presidente, Vicepresidente Municipal o Regidor del Ayuntamiento, durante el año previo al día de la elección, ni miembro del Consejo Electoral del Estado, con derecho a voz y voto, dentro de los dos años anteriores a su designación.
IX. No haber sido Secretario de Estado o jefe de departamento administrativo de la Federación , Procurador General de la República , Senador o Diputado Federal, a menos que se separe de su cargo un año antes del día en que tenga verificativo la elección.
Telón de Fondo
En sesión ordinaria del 15 de mayo de 2012, posterior a la evaluación del desempeño, el Pleno del Congreso ratificó a los magistrados propietarios del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco, por un periodo más de cuatro años.
El 22 de mayo de 2012, Luis Roberto Torres Figueroa, presentó demanda de Juicio para la Protección de los Derechos Políticos-Electorales del Ciudadano ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación , radicado bajo el número SUP-JDC-1700/2012, a fin de combatir la omisión de la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco de pronunciarse respecto a la ratificación de los magistrados suplentes, o en su defecto, contra la omisión del Poder Legislativo de emitir convocatoria respectiva para elegir a los magistrados electorales suplentes del Tribunal Electoral.
El 30 de junio de 2012 la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emite resolución respecto al juicio SUP-JDC-1700/2012 promovido por Luis Roberto Torres Figueroa en la que se ordena al Congreso del Estado de Jalisco proceda a celebrar los actos propios necesarios tendientes a la designación de los magistrados electorales suplentes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Jalisco.
EL INFORMADOR / ZAIRA RAMÍREZ
La presidenta de la Comisión de Asuntos Electorales, Ana Bertha Guzmán Alatorre explicó que existía una iniciativa para eliminar la figura de magistrados suplentes en el Tribunal Electoral, propuesta que quedó pendiente por dictaminar, por lo que estimó que la resolución de los magistrados federales es correcta pues es un tema que no se previó en el Congreso local.
La legisladora explicó que las propuestas de los aspirantes serán recibidas en el Congreso del Estado el 11 y 12 de septiembre de 2012, en la Oficialía de Partes de nueve de la mañana a siete de la tarde.
Una vez recibidas las propuestas de quienes aspiran al cargo de magistrados suplentes, los integrantes de las comisiones de Justicia y Asuntos Electorales deberán sesionar a más tardar el 17 de septiembre de este año para elaborar el dictamen que contenga la lista de los aspirantes, señalando los que son elegibles y los que no son elegibles en los términos de la Ley y de esta convocatoria, y enviarán la información a las fracciones o grupos parlamentarios.
Del listado de candidatos que reúnan los requisitos de elegibilidad, el pleno del Congreso deberá elegir a más tardar el 20 de septiembre de 2012, los suplentes para cada uno de los cinco Magistrados Propietarios del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco.
Para saber
Para participar como candidato a Magistrado Suplente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Jalisco, se deberá reunir los siguientes requisitos:
I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
II. Ser originario del Estado o avecindado legalmente en él, cuando menos cinco años inmediatamente anteriores al día de su nombramiento.
III. Tener cuando menos 35 treinta y cinco años cumplidos el día de su designación
IV. Poseer el día de la elección, con una antigüedad mínima de 10 años, título profesional de licenciado en derecho, abogado o su equivalente.
V. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito electoral o cualquier otro delito doloso.
VI. No haber sido ministro de algún culto religioso en los últimos cinco años anteriores a su nombramiento.
VII. No haber desempeñado algún cargo público de elección popular, ni haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político, dentro de los cinco años inmediatos a su nombramiento.
VIII. No haber sido titular de alguna de las secretarías de despacho del Ejecutivo, Jefe de departamento administrativo, Procurador General de Justicia, integrante del Consejo General del Poder Judicial, Diputado local, Presidente, Vicepresidente Municipal o Regidor del Ayuntamiento, durante el año previo al día de la elección, ni miembro del Consejo Electoral del Estado, con derecho a voz y voto, dentro de los dos años anteriores a su designación.
IX. No haber sido Secretario de Estado o jefe de departamento administrativo de la Federación , Procurador General de la República , Senador o Diputado Federal, a menos que se separe de su cargo un año antes del día en que tenga verificativo la elección.
Telón de Fondo
En sesión ordinaria del 15 de mayo de 2012, posterior a la evaluación del desempeño, el Pleno del Congreso ratificó a los magistrados propietarios del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco, por un periodo más de cuatro años.
El 22 de mayo de 2012, Luis Roberto Torres Figueroa, presentó demanda de Juicio para la Protección de los Derechos Políticos-Electorales del Ciudadano ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación , radicado bajo el número SUP-JDC-1700/2012, a fin de combatir la omisión de la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco de pronunciarse respecto a la ratificación de los magistrados suplentes, o en su defecto, contra la omisión del Poder Legislativo de emitir convocatoria respectiva para elegir a los magistrados electorales suplentes del Tribunal Electoral.
El 30 de junio de 2012 la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emite resolución respecto al juicio SUP-JDC-1700/2012 promovido por Luis Roberto Torres Figueroa en la que se ordena al Congreso del Estado de Jalisco proceda a celebrar los actos propios necesarios tendientes a la designación de los magistrados electorales suplentes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de Jalisco.
EL INFORMADOR / ZAIRA RAMÍREZ