Jalisco
Decomisan 25 mil discos piratas en la ZMG
Los artículos apócrifos fueron confiscados en los tianguis 'Tabachines', 'Jalisco' y 'Rayón', así como en varios puestos semifijos de la ciudad
GUADALAJARA, JALISCO (27/JUL/2011).- En diferentes operativos realizados por agentes federales, fueron decomisados 25 mil discos piratas que eran comercializados en diferentes tianguis de la Zona Metropolitana de Guadalajara (
ZMG).
La Procuraduría General de la República ( PGR) informó que un agente del Ministerio Público decomisó los discos del tianguis denominado “Tabachines”, ubicado sobre la Avenida Tabachines y a la calle Inglaterra, en el municipio de Zapopan; además del conocido “Jalisco”, ubicado sobre la Avenida Jalisco en el municipio de Tonalá y del tianguis denominado “Rayón”, ubicado en la colonia Zalatitán del mismo municipio.
Además de cuatro puestos semifijos ubicados a las a fueras de la estación Tetlán del tren ligero, en el municipio de Guadalajara, donde lograron el aseguramiento de los discos apócrifos, con sus respectivos estuches y portadillas y un total de 27 puestos fijos y semifijos.
Según la averiguación AP/PGR/JAL/GDL/AG2M3/4468/2011, los operativos fueron realizados por elementos de Policía Federal Ministerial y de la Policía Federal; no hubo personas detenidas.
Además, los discos piratas quedaron a disposición del fiscal federal, quien inició la integración de la averiguación previa mencionada, en contra de quien o quienes resulten responsables del delito previsto y sancionado por el artículo 424 bis del Código Penal Federal, en materia de Derechos de Autor y Propiedad Intelectual .
Para saber
De acuerdo con el artículo 424 Bis, del Código Penal Federal se impondrá una pena carcelaria de tres a 10 años y de dos mil a 20 mil días multa cuando:
A quien produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, protegidos por la ley Federal del Derecho de Autor, en forma dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos.
Igual pena se impondrá a quienes, a sabiendas, aporten o provean de cualquier forma, materias primas o insumos destinados a la producción o reproducción de obras, fonogramas, videogramas o libros a que se refiere el párrafo anterior.
A quien fabrique con fin de lucro un dispositivo o sistema cuya finalidad sea desactivar los dispositivos electrónicos de protección de un programa de computación.
EL INFORMADOR / OMAR RUVALCABA
La Procuraduría General de la República ( PGR) informó que un agente del Ministerio Público decomisó los discos del tianguis denominado “Tabachines”, ubicado sobre la Avenida Tabachines y a la calle Inglaterra, en el municipio de Zapopan; además del conocido “Jalisco”, ubicado sobre la Avenida Jalisco en el municipio de Tonalá y del tianguis denominado “Rayón”, ubicado en la colonia Zalatitán del mismo municipio.
Además de cuatro puestos semifijos ubicados a las a fueras de la estación Tetlán del tren ligero, en el municipio de Guadalajara, donde lograron el aseguramiento de los discos apócrifos, con sus respectivos estuches y portadillas y un total de 27 puestos fijos y semifijos.
Según la averiguación AP/PGR/JAL/GDL/AG2M3/4468/2011, los operativos fueron realizados por elementos de Policía Federal Ministerial y de la Policía Federal; no hubo personas detenidas.
Además, los discos piratas quedaron a disposición del fiscal federal, quien inició la integración de la averiguación previa mencionada, en contra de quien o quienes resulten responsables del delito previsto y sancionado por el artículo 424 bis del Código Penal Federal, en materia de Derechos de Autor y Propiedad Intelectual .
Para saber
De acuerdo con el artículo 424 Bis, del Código Penal Federal se impondrá una pena carcelaria de tres a 10 años y de dos mil a 20 mil días multa cuando:
A quien produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, protegidos por la ley Federal del Derecho de Autor, en forma dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos.
Igual pena se impondrá a quienes, a sabiendas, aporten o provean de cualquier forma, materias primas o insumos destinados a la producción o reproducción de obras, fonogramas, videogramas o libros a que se refiere el párrafo anterior.
A quien fabrique con fin de lucro un dispositivo o sistema cuya finalidad sea desactivar los dispositivos electrónicos de protección de un programa de computación.
EL INFORMADOR / OMAR RUVALCABA