México
Juez ordena a hospital entregar cuerpo de bebé fallecido
El nosocomio en Nuevo León no ha entregado el cuerpo debido a que la madre tiene un adeudo
CIUDAD DE MÉXICO (22/ENE/2016).- Un juez federal ordenó a los directivos del Hospital de Ginecología y Obstetricia de Nuevo León detener los actos “de tortura, tormento psicológico y violatorios de la dignidad humana” contra una mujer que reclama la entrega del cuerpo de su hijo menor de edad que falleció en dicho hospital, pero no se lo entregan debido a que tiene un adeudo.
La medida cautelar dictada por el juez Juan Marcos Dávila Rangel, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, en el juicio de amparo 51/2016, ordena a los particulares con carácter de autoridades responsables para que de forma inmediata entreguen a la quejosa el cuerpo de su menor hijo fallecido, sin que se condicione al pago de cualquier adeudo monetario.
Como parte de los acuerdos emitidos en el juicio de amparo 51/2016, se requirió también a los particulares en funciones de autoridades responsables para que dentro de un plazo de 24 horas informen sobre el cumplimiento a la suspensión concedida y entreguen las constancias documentales necesarias que lo acrediten.
También deberán rendir un informe justificado dentro del plazo de 15 días y con la debida anticipación que permita su conocimiento a la parte quejosa, al menos ocho días antes de la fecha fijada para la celebración de la audiencia constitucional, misma que está prevista para el 15 de febrero próximo, a las 09:20 horas.
La medida cautelar dictada por el juez Juan Marcos Dávila Rangel, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Nuevo León, en el juicio de amparo 51/2016, ordena a los particulares con carácter de autoridades responsables para que de forma inmediata entreguen a la quejosa el cuerpo de su menor hijo fallecido, sin que se condicione al pago de cualquier adeudo monetario.
Como parte de los acuerdos emitidos en el juicio de amparo 51/2016, se requirió también a los particulares en funciones de autoridades responsables para que dentro de un plazo de 24 horas informen sobre el cumplimiento a la suspensión concedida y entreguen las constancias documentales necesarias que lo acrediten.
También deberán rendir un informe justificado dentro del plazo de 15 días y con la debida anticipación que permita su conocimiento a la parte quejosa, al menos ocho días antes de la fecha fijada para la celebración de la audiencia constitucional, misma que está prevista para el 15 de febrero próximo, a las 09:20 horas.