México
La Suprema Corte alista debate sobre consumo de mariguana
Integrantes de la organización SMART promueven juicio de amparo contra Cofepris por negarles su uso lúdico y recreativo
CIUDAD DE MÉXICO (28/OCT/2015).- Ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (
SCJN) discutirán si se autoriza o no el consumo personal de
mariguana con fines lúdicos y recreativos a un grupo de personas de la organización Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART), quienes promovieron un juicio de amparo indirecto en contra de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (
Cofepris), quien les negó la autorización.
Será el ministro Arturo Zaldívar quien presente a los integrantes de la Primera Sala su proyecto de sentencia en el que se autoriza a los integrantes de dicha organización las actividades relacionadas con el auto consumo de mariguana, como son sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar el enervante, pero única y exclusivamente con fines de consumo lúdico y personal, por lo que no se autoriza la comercialización de la misma.
Además, la propuesta del ministro excluye cualquier posibilidad de consumo o comercialización de cualquier otra sustancia narcótica, destacando que las prohibiciones impuestas por la Ley General de Salud contra el consumo de dichas sustancias son constitucionales, por lo que el amparo que se propone conceder sólo afirma que en el caso de la marihuana, la prohibición no puede ser absoluta cuando existen otras medidas que sirven para desalentar su consumo.
El proyecto es claro en el sentido de que se autorizaría para los quejosos y no para la organización SMART.
Será el ministro Arturo Zaldívar quien presente a los integrantes de la Primera Sala su proyecto de sentencia en el que se autoriza a los integrantes de dicha organización las actividades relacionadas con el auto consumo de mariguana, como son sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar el enervante, pero única y exclusivamente con fines de consumo lúdico y personal, por lo que no se autoriza la comercialización de la misma.
Además, la propuesta del ministro excluye cualquier posibilidad de consumo o comercialización de cualquier otra sustancia narcótica, destacando que las prohibiciones impuestas por la Ley General de Salud contra el consumo de dichas sustancias son constitucionales, por lo que el amparo que se propone conceder sólo afirma que en el caso de la marihuana, la prohibición no puede ser absoluta cuando existen otras medidas que sirven para desalentar su consumo.
El proyecto es claro en el sentido de que se autorizaría para los quejosos y no para la organización SMART.