El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplicó ayer un revés al Congreso del Estado, en algunos aspectos del paquete de reformas constitucionales que aprobó el órgano legislativo en materia electoral hace un par de meses, y que fueron impugnados por tres partidos políticos.
La Corte invalidó un artículo transitorio del Decreto de reformas a la Constitución del Estado de Jalisco aprobado por los legisladores, que preveía un procedimiento de integración para un nuevo Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEyPC) de la Entidad, por considerar que se afectaría el periodo de duración de cinco años de los actuales consejeros, designados el 31 de mayo de 2005 y que deberían concluir su encargo hasta 2010.
Esta decisión de los ministros introduce un elemento más de polémica al proceso legislativo que emprendió el Congreso local, que no satisfizo a distintos actores políticos. Al decidir que con la reforma electoral cabía la decisión de extinguir al Instituto Electoral del Estado de Jalisco (IEEJ), los diputados entraron en un terreno cuestionable, porque se vulneraban los derechos de los consejeros, que tendrían que someterse a un nuevo proceso de elección para mantenerse en los cargos que todavía tenían una vigencia de dos años.
De acuerdo con algunas interpretaciones de esta reforma en particular, lo que buscaban los partidos políticos más grandes, a través de los legisladores que los representan en el Poder Legislativo, era tener un “árbitro a modo” para el proceso electoral que se avecina; de los consejeros actuales, decidirían los diputados quienes se quedarían y designarían a otros más para integrar el nuevo consejo del IEyPC.
Habrá que esperar a que el Congreso del Estado reciba la notificación de la SCJN sobre su decisión, y estaremos entrando en un nuevo capítulo de esta historia en el que se han dado amparos ante la justicia, renuncias y liquidaciones, todo contribuyendo a dejar un panorama obscuro para el proceso electoral en su vía institucional.
La Corte invalidó un artículo transitorio del Decreto de reformas a la Constitución del Estado de Jalisco aprobado por los legisladores, que preveía un procedimiento de integración para un nuevo Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEyPC) de la Entidad, por considerar que se afectaría el periodo de duración de cinco años de los actuales consejeros, designados el 31 de mayo de 2005 y que deberían concluir su encargo hasta 2010.
Esta decisión de los ministros introduce un elemento más de polémica al proceso legislativo que emprendió el Congreso local, que no satisfizo a distintos actores políticos. Al decidir que con la reforma electoral cabía la decisión de extinguir al Instituto Electoral del Estado de Jalisco (IEEJ), los diputados entraron en un terreno cuestionable, porque se vulneraban los derechos de los consejeros, que tendrían que someterse a un nuevo proceso de elección para mantenerse en los cargos que todavía tenían una vigencia de dos años.
De acuerdo con algunas interpretaciones de esta reforma en particular, lo que buscaban los partidos políticos más grandes, a través de los legisladores que los representan en el Poder Legislativo, era tener un “árbitro a modo” para el proceso electoral que se avecina; de los consejeros actuales, decidirían los diputados quienes se quedarían y designarían a otros más para integrar el nuevo consejo del IEyPC.
Habrá que esperar a que el Congreso del Estado reciba la notificación de la SCJN sobre su decisión, y estaremos entrando en un nuevo capítulo de esta historia en el que se han dado amparos ante la justicia, renuncias y liquidaciones, todo contribuyendo a dejar un panorama obscuro para el proceso electoral en su vía institucional.