Economía

El SAT confirma si las transferencias pequeñas son fiscalizables

"Me prestas y te transfiero" es una frase común y parece irrelevante en la responsabilidad fisca, ¿Pero qué dice el SAT sobre esos movimientos?

Cada peso que te depositan y transfieren a tu cuenta bancaria, por mínimo que sea, puede ser objeto de revisión por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que para el organismo no existe un secreto bancario.

De tal forma que no existe un concepto “clave” en las transferencias para evitar la supervisión del fisco, ni tampoco monto definido; es decir, cualquier depósito es potencialmente fiscalizable por la autoridad tributaria de este país. Eso es un mito que se ha propagado en México y carece de sustento. 

Todas las transferencias son potencialmente fiscalizables

"Me prestas y te transfiero". Esta es una frase común, y la transacción económica que se hace entre las cuentas de dos personas regularmente suele ser de pocos pesos, nada "significativo", por lo que se cree que este movimiento de recursos no es fiscalizado por el SAT, pero no es así.

En realidad, no existe la categorización de cuentas bancarias que sean fiscalizables y no fiscalizables para el SAT. Es decir, para la autoridad tributaria, todas las cuentas bancarias y los depósitos que se hagan en ellas son objeto de escrutinio tributario y la ley lo ampara.

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Cada depósito que recibes y que no tenga un registro contable o, en su defecto, no se haya registrado el respectivo pago de impuesto sobre ese recurso, podría ser considerado por el SAT como un ingreso no declarado y, por lo tanto, objeto de revisión.

En otras palabras, toda persona física debe considerar los conceptos sobre los que se depositan en sus cuentas bancarias, así como ser responsable de su situación fiscal ante la autoridad tributaria del país, el SAT.

Conoce tu régimen fiscal

No se debe olvidar que es necesario que toda la población conozca las disposiciones fiscales e información correspondiente al régimen de contribución del que son parte, y que solamente las instituciones financieras podrán entregar información mensual de aquellos contribuyentes que estén bajo un proceso de alguna auditoría, fiscalización o revisión por parte del SAT.

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Solo en aquellas auditorías en las que se detectan incongruencias entre los gastos e ingresos, el SAT podrá solicitar la información de sus depósitos a las instituciones financieras que cuenten con esta información, para evitar defraudaciones fiscales.

Lo más importante es que cada cuentahabiente busque asesoría contable para conocer cuál es su situación y no meterse en problemas.

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