Economía

LFT: ¿Cómo se paga si trabajas el lunes 2 de febrero de 2026?

Si por la naturaleza de tus actividades te corresponde laborar en esta fecha, es fundamental que conozcas tus derechos

El próximo lunes 2 de febrero de 2026 se llevará a cabo el primer fin de semana largo del año en México. Este "puente" es un día de descanso obligatorio con motivo del aniversario de la promulgación de la Constitución de 1917. Si por la naturaleza de tus actividades te corresponde laborar en esta fecha, es fundamental que conozcas tus derechos de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT).

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre el pago en días feriados?

En México, los días feriados son de descanso obligatorio. Sin embargo, si un patrón requiere que sus empleados presten servicios en estas fechas, la ley establece una compensación económica específica.

De acuerdo con el Artículo 75 de la LFT, los trabajadores que laboren en un día de descanso obligatorio tienen derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.

Ejemplo de cálculo de pago:

Si trabajas este lunes 2 de febrero de 2026, el pago final debe ser un salario triple (el pago ordinario más el doble por el festivo):

  • Salario diario ordinario: 300 pesos.
  • Pago adicional (doble): 600 pesos.
  • Total a recibir por el día: 900 pesos.

Calendario oficial de días de descanso obligatorio 2026

El Artículo 74 de la LFT estipula los días en los que el descanso es obligatorio para los trabajadores mexicanos:

  • 1 de enero: Año Nuevo.
  • Primer lunes de febrero (2 de febrero): En conmemoración del 5 de febrero.
  • Tercer lunes de marzo: En conmemoración del 21 de marzo.
  • 1 de mayo: Día del Trabajo.
  • 16 de septiembre: Día de la Independencia.
  • Tercer lunes de noviembre: En conmemoración del 20 de noviembre.
  • 1 de diciembre (cada seis años): Transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
  • 25 de diciembre: Navidad.

¿Qué pasa si mi patrón no quiere pagarme el triple?

La ley es clara: trabajadores y patrones deben llegar a un acuerdo sobre quiénes prestarán servicios en días feriados. Si no hay convenio, la autoridad laboral competente deberá resolverlo. En caso de que se te obligue a trabajar y no recibas el pago doble adicional, puedes acudir a la Profedet para recibir asesoría gratuita y hacer valer tus derechos.

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