El SAT niega castigar con multas por ahorrar en tandas
También conocida como rifa, una tanda es una forma de ahorro grupal en la que un conjunto de personas acuerda aportar una misma suma de dinero en plazos
El Servicio de Administración Tributaria publicó un comunicado oficial para disipar la incertidumbre generada por rumores en redes sociales, especialmente entre quienes utilizan métodos de ahorro informal. Con su texto, el SAT niega castigar con multas, así como otras consecuencias fiscales para los organizadores y participantes de las populares "tandas".
¿Qué son las tandas?
El banco BBVA explica que una tanda, también conocida como rifa, es una forma de ahorro grupal en la que un conjunto de personas acuerda aportar una misma suma de dinero en plazos previamente establecidos.
Una persona, generalmente la que organiza las tandas, se encarga de gestionar los pagos y de entregar el dinero acumulado a cada participante en fechas determinadas por un sistema de turnos, ya sea de forma diaria, semanal o mensual. El monto total ahorrado estará determinado por la suma de las aportaciones individuales y por la cantidad de participantes en la misma.
BBVA señala que la esencia de este sistema de ahorro reside en la confianza interpersonal, la solidaridad y el espíritu comunitario entre sus miembros. Por ello, es muy importante que los participantes se conozcan entre sí.
Las tandas resultan atractivas porque sirven como una forma de ahorro forzoso. La obligación de cumplir con los pagos al grupo fomenta la disciplina financiera, algo que a muchas personas les cuesta trabajo lograr por sí mismas.
La tanda ofrece liquidez inmediata sin generar intereses. Para los primeros en recibir el dinero, funciona como un préstamo rápido, libre de trámites, requisitos bancarios o historial crediticio. Se trata de un método simple que facilita la realización de compras importantes sin incurrir en costos adicionales.
El SAT NO vigila las tandas
Mediante una tarjeta informativa, el SAT desmintió la realización de operativos de vigilancia enfocados en el monitoreo de los recursos que circulan en estos populares esquemas de ahorro.
El SAT subrayó estos puntos para dar tranquilidad a los contribuyentes:
- No hay operativos de vigilancia: No se están realizando auditorías ni seguimientos a las cuentas bancarias por este motivo específico.
- No son objetivo de fiscalización: Las tandas no forman parte de los programas de recaudación actuales ni futuros del SAT.
- No aplican multas: Es falso que se estén aplicando sanciones o multas a quienes reciban o entreguen dinero bajo este concepto.
¿Qué pasa si una persona participa en una tanda?
Aunque el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no impone multas por la participación en tandas, si utilizas transferencias bancarias o depósitos para estas transacciones, es prudente seguir estas prácticas para asegurar la claridad y el orden de las finanzas personales.
Por ejemplo, aconseja tener claridad en los conceptos de pago; al realizar una transferencia, se deben utilizar conceptos descriptivos como "Ahorro Tanda" o "Pago de Tanda".
También se sugiere llevar un control riguroso de los participantes y las fechas exactas de cada pago. Esta documentación sirve como respaldo personal ante cualquier posible aclaración bancaria futura.
Al final, es válido recordar que los fondos de una tanda no constituyen ingresos adicionales sujetos a impuestos, sino que representan una simple redistribución de dinero que ya fue gravado previamente (por ejemplo, tu salario).
*Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp
Lee: El SAT descarta congelar cuentas bancarias por "adeudos con el fisco"
OF