Adiós gentrificación, este será el tope a las rentas en CDMX tras fallo de la SCJN
El Alto Tribunal determinó que el aumento en los contratos de arrendamiento para uso habitacional no podrá ser mayor a la inflación reportada el año anterior
En una decisión histórica para combatir el desplazamiento de los habitantes de la capital del país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad un tope máximo al incremento anual de las rentas de vivienda en la Ciudad de México. Con este fallo, el Alto Tribunal determinó que el aumento en los contratos de arrendamiento para uso habitacional no podrá ser mayor a la inflación reportada el año anterior.
Un freno a los aumentos de renta desmedidos
La resolución se derivó del análisis del amparo en revisión 546/2025, promovido por la empresa inmobiliaria Urbanhub México, la cual impugnaba las reformas realizadas en agosto de 2024 al Código Civil y a la Ley de Vivienda para la Ciudad de México.
Ante este panorama, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, quien también funge como el ponente del proyecto, sostuvo que la medida persigue un fin constitucional legítimo: garantizar la accesibilidad a la vivienda y prevenir que las personas con menos recursos sean expulsadas de la ciudad por alzas desmedidas.
Aguilar Ortiz enfatizó que este tope no despoja al arrendador de sus ganancias, sino que preserva el valor real de la renta evitando que se convierta en un mecanismo de presión económica para el inquilino.
Derecho a la vivienda vs. Lucro inmobiliario
Durante la sesión, los ministros aclararon que, si bien se reconoce el derecho al lucro en el sector inmobiliario, este debe ser “razonable y compatible” con el derecho humano a la vivienda en un contexto de alta presión inmobiliaria. Al respecto, la ministra Lenia Batres Guadarrama subrayó la gravedad del problema al señalar que, en las últimas dos décadas, el costo del suelo en la CDMX se ha incrementado en un 800%.
Es importante destacar que el fallo aclara que la medida es proporcional porque no elimina la libertad contractual: propietarios e inquilinos conservan la autonomía para pactar libremente el monto inicial de la renta al momento de firmar un nuevo contrato, basándose en las características y ubicación del inmueble.
Con información de El Universal