Al momento de cumplir con la Declaración Anual, muchas personas suponen que cualquier desembolso “necesario” puede restarse de impuestos. No obstante, el Servicio de Administración Tributaria establece criterios precisos para determinar qué erogaciones califican como deducciones personales y cuáles quedan excluidas, aun cuando formen parte de la vida cotidiana.Incluir conceptos que no están permitidos puede derivar en que la autoridad fiscal rechace deducciones, disminuya el monto de la devolución o incluso inicie revisiones. A continuación, se detallan algunos de los gastos que con mayor frecuencia generan confusión.Uno de los casos más comunes es el de las compras en supermercado. Aunque la despensa, los alimentos y los artículos de limpieza sean indispensables, no se consideran deducciones personales, incluso si se pagan con tarjeta y se cuenta con factura.En el ámbito de la vivienda, el pago de renta por casa habitación tampoco es deducible como gasto personal. Solo en situaciones específicas vinculadas con actividades empresariales podría proceder, pero no cuando se trata de uso habitacional.Respecto al combustible, la gasolina únicamente puede deducirse cuando está relacionada con una actividad económica y cumple requisitos estrictos. El gasto por uso personal no aplica dentro de la Declaración Anual.En materia educativa, las colegiaturas sí pueden deducirse, pero únicamente hasta los límites máximos establecidos según el nivel escolar. Cualquier monto que exceda esos topes no es aceptado por la autoridad fiscal. La vestimenta cotidiana, incluidos zapatos y uniformes comunes, tampoco puede deducirse, aun cuando se utilice para trabajar. Solo prendas específicas de seguridad o uniformes obligatorios para una actividad económica podrían considerarse válidos.Otro punto importante es la forma de pago. Las deducciones personales deben cubrirse mediante medios electrónicos. Si el gasto se realizó en efectivo, aunque exista comprobante fiscal, no será procedente.En cuanto a medicamentos, únicamente son deducibles cuando aparecen integrados en una factura emitida por un hospital o clínica. Las compras directas en farmacia no se aceptan como deducción.Finalmente, servicios como internet, telefonía celular o plataformas de streaming no forman parte de las deducciones personales. Aunque puedan utilizarse para trabajar o estudiar, el SAT los clasifica como gastos de consumo y, por lo tanto, no deducibles.* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * * https://www.whatsapp.com/channel/0029VaAf9Pu9hXF1EJ561i03BB