El arranque de 2026 viene acompañado de un mayor escrutinio fiscal sobre los movimientos bancarios en México. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) fortaleció el cruce de datos con bancos y plataformas financieras para identificar operaciones que no coincidan con el perfil fiscal de los contribuyentes. Si bien las transferencias electrónicas no generan impuestos de forma automática, sí pueden detonar revisiones, multas o auditorías cuando su origen o tratamiento fiscal no está debidamente sustentado.El aumento de consultas sobre sanciones por transferencias responde a la confusión entre ingresos, préstamos, donativos y simples traspasos. La postura del SAT es consistente: el problema no es mover dinero, sino no poder justificarlo o no declararlo cuando corresponde. Cuando los depósitos no cuadran con lo reportado en declaraciones mensuales o anuales, la autoridad puede presumir ingresos omitidos y exigir impuestos y sanciones.No existe un “monto seguro” exento de revisión. Los depósitos en efectivo superiores a 15 mil pesos mensuales son reportados por los bancos, y préstamos o donativos mayores a 600 mil pesos anuales deben informarse al SAT. En transferencias electrónicas, el riesgo depende menos de la cantidad y más de la ausencia de comprobantes, contratos o su omisión en la declaración.Entre los movimientos que con mayor frecuencia generan sanciones destacan: transferencias no declaradas como ingresos; depósitos sin respaldo documental; uso de cuentas de terceros para recibir pagos; préstamos personales sin contrato; cobros por servicios o ventas sin factura cuando el régimen lo exige; movimientos elevados entre cuentas propias sin concepto claro; y transferencias del extranjero no reportadas.Las multas pueden ir desde un porcentaje del impuesto omitido hasta sanciones que superan los 30 mil pesos, pero el mayor riesgo es enfrentar auditorías prolongadas con recargos y actualizaciones. Para evitar contingencias en 2026, especialistas recomiendan llevar un control detallado de transferencias, conservar contratos y comprobantes, declarar correctamente ingresos, préstamos y donativos, y revisar de forma periódica el Buzón Tributario.SV