Miércoles, 14 de Enero 2026

SAT promete congelar las siguientes tarjetas bancarias por estos motivos

Con el arranque del año, el Servicio de Administración Tributaria refuerza la supervisión sobre las operaciones financieras de contribuyentes

Por: El Informador

La autoridad recomienda mantener las declaraciones al corriente, regularizar adeudos, verificar de manera constante el Buzón Tributario y utilizar únicamente facturas válidas. UNSPLASH.

La autoridad recomienda mantener las declaraciones al corriente, regularizar adeudos, verificar de manera constante el Buzón Tributario y utilizar únicamente facturas válidas. UNSPLASH.

Con el arranque del año y en medio de la llamada “cuesta de enero”, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) refuerza la supervisión sobre las operaciones financieras de contribuyentes. Entre las acciones que más preocupación generan se encuentra el congelamiento de cuentas bancarias, una medida que bloquea el acceso a recursos, impide el uso de tarjetas de débito y detiene depósitos y retiros.

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Contrario a la creencia de que se trata de una sanción automática, esta facultad solo se ejerce cuando existen incumplimientos fiscales plenamente sustentados en la ley. El congelamiento está previsto en el Código Fiscal de la Federación y suele aplicarse dentro del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE), con el objetivo de garantizar el cobro de adeudos.

Las principales causas incluyen adeudos fiscales firmes —impuestos determinados, notificados y no pagados ni impugnados—, la omisión reiterada de declaraciones obligatorias y las irregularidades en la facturación, como el uso de CFDI con inconsistencias o la vinculación con esquemas de simulación. A ello se suma la discrepancia fiscal, cuando los depósitos o gastos superan los ingresos declarados, así como la falta de respuesta a notificaciones y requerimientos enviados a través del Buzón Tributario.

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Para reducir el riesgo de estas sanciones, la autoridad recomienda mantener las declaraciones al corriente, regularizar adeudos, verificar de manera constante el Buzón Tributario y utilizar únicamente facturas válidas. En caso de un bloqueo, el contribuyente debe acudir de inmediato al SAT para identificar la causa y seguir el procedimiento correspondiente, ya sea mediante el pago, la aclaración de inconsistencias o la presentación de garantías.

SV

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